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Jubilados hacen cola en un cajero para retirar dinero de una entidad bancaria. / Zowy Voeten
Mi compañera y yo tenemos domiciliadas nuestras pensiones no contributivas en una entidad bancaria. A finales del mes de junio de este año sufrimos un embargo judicial de 220,33 euros y de 110,17 euros respectivamente en nuestras pensiones mensuales de 401,56 euros y 421,40 euros, debido a que el saldo de la cuenta conjunta de nuestro banco superaba en ese momento los mil euros ya que en junio se cobra la paga doble.
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Es de todos conocido que las pensiones y los sueldos inferiores a mil euros son inembargables. También sabemos que para cobrarlos es obligatorio tenerlos domiciliadas en un banco o caja de ahorros. Por último, en el momento en que son ingresadas, las cantidades percibidas pierden su entidad de pensiones o sueldos y se transforman en saldos de cuentas bancarias y por lo tanto devienen, en principio, embargables.
Es lo que yo llamo el círculo perverso: dos trámites legales (solicitud de embargo judicial y sustracción del saldo por parte de la entidad financiera) se transforman en una ilegalidad: violar el principio de inembargabilidad de una pensión o de un sueldo inferior al límite establecido por la ley. Los procuradores lo saben y tratan de instar los embargos en posibles fechas de cobro, especialmente en época de paga doble. Los bancos y cajas no los cuestionan.
Un castigo más para la gran mayoría de la población, los pensionistas y los trabajadores que ganan menos de mil euros. Quizá sea hora de que nuestros juristas encuentren una fórmula para evitar este atropello.
Juan de Dios Jiménez Gallego Santa Coloma de Gramenet
Miguel Fernández-Palacios Gordon Madrid
Javier Traver Tejero Torrelles De Llobregat
David Creus Mollet del Vallès
Maria Olga Santisteban Otegui Zalla (Vizcaya)
Pedro Serrano Antoñán del Valle (León)
Gema Abad BallarÃn Reus
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